Al donar parte de su herencia a St. Jude usted puede ayudar a salvar vidas de niños
St. Jude Children’s Research Hospital lidera los esfuerzos a nivel mundial para entender, tratar y vencer el cáncer infantil y otras enfermedades pediátricas que amenazan la vida de los niños.
¿Sabía usted que los niños hispanos tienen la mayor incidencia de leucemia linfoblástica aguda (LLA) en los EE.UU. y tienen menos probabilidades que otros niños de sobrevivir a la enfermedad?
En su testamento o herencia
Al usted crear o actualizar su testamento, puede incluir un legado de monto fijo, un porcentaje o un bien particular.
En su póliza de seguro de vida
Usted puede nombrar a St. Jude como beneficiario final de su póliza de seguros de vida.
Con cuentas bancarias o cuentas de inversión
Usted puede nombrar a St. Jude como beneficiario al fallecer de una cuenta de banco, fondos mutuos o certificado de depósito (CD).
A través de su cuenta IRA
Usted puede nombrar una organización de caridad como beneficiaria de sus cuentas de jubilación directamente a través de su IRA o administrador 401 (k), sin tener que cambiar su testamento.
Preguntas frecuentes
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Un testamento es un documento legal que brinda instrucciones para la distribución de sus bienes (patrimonio) después que usted fallezca.
Prácticamente todas las personas en los Estados Unidos necesitan crear un testamento. Es importante designar, de manera legalmente válida, quién recibirá su propiedad después de su partida.
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Al usted crear o actualizar su testamento, usted puede incluir a St. Jude un legado de monto fijo, un porcentaje del restante después de que otros legados se hayan hecho, o un bien en particular.
Usted también puede agregar un legado a un testamento existente a través de un codicilo o enmienda.
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Su herencia puede incluir dinero en efectivo, su vivienda, automóviles, muebles, artículos de colección, pólizas de seguro, cuentas de jubilación, bienes raíces, cuentas financieras, etc.
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Usted puede nombrar a St. Jude como beneficiario de su póliza de seguro de vida, simplemente pidiendo a su compañía de seguros un formulario para “cambio de beneficiario”.
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Usted puede designar a St. Jude para que reciba la totalidad o una parte de sus cuentas bancarias o cuentas de inversión a través de lo que se conoce como una disposición de “pago por fallecimiento” o “transferencia por fallecimiento” (TOD/POD). Estas disposiciones no suelen verse afectadas por los términos de su testamento.
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Su asesor financiero, contable o abogado, puede orientarle sobre los aspectos legales al momento de realizar una donación. En St. Jude podemos trabajar con usted y su asesor para cualquier pregunta que puedan tener respecto a su donación caritativa.
Lo que piensan nuestros donantes
¿Le interesa conocer las diferentes opciones disponibles para hacer donaciones planificadas? Llene el siguiente formulario y un representante de St. Jude se pondrá en contacto con usted.
¿Es usted abogado, asesor financiero o contable? Por favor llene el siguiente formulario (disponible solo en inglés).